El ex fiscal general del Estado no tiene relación alguna con el hecho de que el denunciado «pernoctara» dos días en un inmueble de su propiedad cuando se había ordenado «averiguar su paradero» - Foto: Javier Fernández Largo Una situación incómoda; por Carmen Gurruchaga
MADRID- Santiago P. F. fue denunciado pasado 27 de marzo por su entonces pareja sentimental, Lorena B. S., de maltrato, agresión y de haber recibido «multitud de mensajes de texto vejatorios y amenazantes» y que, además, «vivía del tráfico de droga y del robo» y conducía un coche de alta gama en el que «solía portar una arma de fuego», según se recoge en el atestado policial que se remitió al juzgado de Violencia sobre la Mujer de Madrid al que correspondía. Ante esa denuncia, el juez correspondiente acordó averiguar el paradero, para su posterior citación, «dado que no había podido ser localizado por la Policía antes de la remisión del atestado a sede judicial». Los agentes intentaron esa localización tras valorar como «alto» el riesgo que corría la víctima.
El denunciado fue asistido en el juzgado por un hijo del ex fiscal general del Estado Cándido Conde Pumpido el mismo día en que se retiró la denuncia del juzgado. Pumpido no tiene relación alguna con estos hechos, según confirmaron a este periódico fuentes jurídicas y el juez no alude lo más mínimo a ello.
Sin embargo, por diversas vicisitudes, como una posible «violación de secreto» cometido por un agente policial, se conoció el lugar donde «estuvo acogido» dos noches. Resulta que ese «inmueble» es el lugar donde reside, o residía entonces, una sobrina de Pumpido. Se trata de un piso situado en el barrio de Salamanca de Madrid.
Fue a ese lugar al que, según se señala en el auto del titular del juzgado de Violencia sobre la Mujer, acudió el denunciado y al que ha tenido acceso LA RAZÓN, una vivienda «propiedad del ex fiscal general del Estado Cándido Conde-Pumpido, según información policial» que consta en las diligencias de la causa.
Agentes policiales se trasladaron al inmueble el 29 de marzo. Quienes estaban en él, señalaron que no se encontraba allí el denunciado, ya que «se había ido muy temprano, pues había quedado con su ex pareja para retirar su denuncia».
Ese día, efectivamente, Lorena B. compareció en el juzgado de Violencia sobre la Mujer porque «quería retirar la denuncia y no quería ser parte acusadora contra Santiago P.», por lo que pedía que se dejara sin efecto «el alejamiento y no comunicación acordado y que no deseaba que se dictara orden de protección».
Esa misma mañana, cuando la anterior ya se había marchado del juzgado «compareció también voluntariamente Santiago P., asistido de su letrado de su designación, Cándido Conde-Pumpido Varela. El magistrado le citó para el día siguiente, 30 de marzo, «para la diligencia de imputación con contradicción», al igual que al Ministerio Fiscal.
Ese día, Santiago P. se acogió a su derecho y sólo respondió a su letrado. Posteriormente, el juez volvió a tomar declaración a Lorena B., quien señaló ahora que «no tenía certeza de los hechos que denunció», que el maltrato fue «mutuo» y negó igualmente «haber recibido mensajes amenazantes y haber sido amenazada con armas» y, a presuntas de la defensa, destacó que «no declararía en contra de Santiago P. en un juicio».
En esa situación, la defensa solicitó el sobreseimiento de la causa y que no se adoptara ninguna medida cautelar contra su patrocinado. Este último aspecto fue apoyado por el fiscal. Sin embargo, en su denuncia inicial hizo constar que fue amenazada «varias veces con una pistola» por su pareja sentimental, y «habitualmente» de otras maneras. Pese a ello, el «miedo» hizo que «nunca» acudiese a poner estos hechos en conocimiento policial o judicial».
Sin medidas cautelares El juez, en el auto dictado el pasado 30 de marzo, rechaza archivar la causa, ya que todavía quedan pendientes diligencias de practicar «para agotar la instrucción, como son las testificales y las que se puedan derivar de las mismas». En cambio, acepta dejar sin efecto las medidas cautelares de alejamiento y no comunicación que acordó dos días antes.
En cuanto a la denuncia que inicialmente formuló Lorena B. contra su ex pareja por posibles delitos de tenencia ilícita de armas y contra la salud pública, así como la supuesta violación de secreto cometido por un agente policial, el juez lo remite a los juzgados para que los instruya a quien corresponda. Igual decisión adopta respecto a un posible delito de «denuncia falsa», que, en principio, podría estar relacionada con la que interpuso la mujer.
Sus mayores polémicas 1 Mayo de 2005. La fiscalía de la Audiencia Nacional pide el ingreso en prisión de Arnaldo Otegi. El portavoz batasuno exclamó, «¿pero ésto lo sabe el fiscal general del Estado?». 2 En la anterior tregua de ETA, recalcó que había que aplicar la ley atendiendo a la realidad social del momento, y, al respecto, esgrimió que, a veces, «hay que ensuciarse la toga con el polvo del camino». 3 La Fiscalía impugnó sólo la mitad de las candidaturas de ANV y PCTV para las elecciones de 2008. Meses después, instó la ilegalización de ambos partidos. 4 En un desayuno informativo, en abril de 2009, cuestionó la colaboración de la Polcía sobre el entorno de ETA. «La Policía no atiende nuestras indicaciones, sólo a las del juez instructor». El SUP pidió su cese. 5 Sus nombramientos provocaon el rechazo en no pocas ocasiones de gran parte de la Carrera Fiscal, debido a que se realizaron en contra del Consejo Fiscal. 6 Abogó, a raiz del «espectáculo televisivo ”del caso Mari Luz”», por un sistema de «limitación de la información sub iudice, y evitar excesos» y que una tragedia sea un «instrumento» de lograr audiencia.
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